“Bajo este prisma, la percepción de que una nueva cultura del mantenimiento apoyada en la explotación de edificios, con criterios medioambientales, de eficiencia energética y optimización de servicios se está abriendo paso en nuestros días, no admite discusión”, precisa la asociación.
Teniendo en cuenta que en el régimen jurídico de la eficiencia y el ahorro energético confluyen competencias de la Unión Europea, estatales, autonómicas y locales, y que se ven afectados una pluralidad de sectores y actividades económicas, entre los que se encuentran los profesionales y las empresas dedicadas a la actividad de mantenimiento de instalaciones térmicas en edificios, el primer aspecto que Amicyf precisa es qué regulación normativa delimita el marco de actuación.
La base de la regulación normativa en este sector de actividad es el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE 2.007), por tanto, es en su articulado y en sus instrucciones técnicas donde se encuentran lasexigencias técnicas a aplicar en el diseño, ejecución y mantenimiento de las instalaciones en materia de eficiencia energética. El Real Decreto en cuestión aborda el mantenimiento de las instalaciones tanto en el articulado como en su tercera Instrucción Técnica, responsabilizando al titular de la instalación a contratar las labores de mantenimiento con una empresa habilitada al efecto.
Como contrapartida, el Reglamento obliga a la empresa contratista a facilitar al titular de la instalación los medios técnicos y humanos necesarios para la realización de dos programas de mantenimiento con alcances diferentes: el preventivo, por un lado, dirigido a mantener la confiabilidad de los equipos de la instalación a lo largo de su vida útil; y el de gestión energética con un alcance orientado al resultado, en el que el mantenedor debe ofrecer a su clientedatos sobre su consumo de energía primaria, valorar el rendimiento energético de los equipos generadores y proponer mejoras que ayuden a lograr una mayor eficiencia energética de la instalación.
Para Amicyf, “es en el cumplimiento de este segundo programa donde se ha marcado un cambio de dirección ostensible en el rumbo que deben tomar nuestras empresas y donde realmente radica el futuro de nuestra actividad”. Las empresas deben enfrentarse e interiorizar en su gestión diaria un reglamento que aborda el mantenimiento de las instalaciones de climatización desde un enfoque basado en prestaciones u objetivos, en consonancia con la dirección marcada por las directivas europeas sobre eficiencia energética de los edificios, precisa la asociación.
Para más información www.aireacondicionadoyclimatizacion.com y www.esineinca.com -www.consultaria.org - 91.808.81.29
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